¿Qué es un divorcio exprés?
Es un procedimiento de separación o divorcio en el que los interesados se ponen de acuerdo sobre cómo regular los efectos del mismo. Es un procedimiento rápido, sencillo y con plena eficacia jurídica.
¿Por qué elegir Divorciando.com?
- POR PRECIO: Tramitamos tu separación, divorcio o medidas
paternofiliales de hijos no matrimoniales a un precio realmente competitivo.
NO cobramos un extra por regular la liquidación ganancial. - POR CALIDAD: Recabamos tus datos a través de un formulario, pero redactamos tu convenio regulador de forma personalizada, nos preocupamos de cada persona y anteponemos el interés de los hijos comunes, en caso de existir.
- POR EXPERIENCIA: Contamos con una amplia experiencia en Derecho de Familia y ponemos a tu disposición a profesionales con una sólida formación.
- POR SEGURIDAD: Tratamos datos personales sensibles, por eso los recabamos y utilizamos exclusivamente mientras el procedimiento está abierto, eliminando cualquier información de nuestra base de datos transcurridos 10 días naturales desde el envío de la sentencia testimoniada a tu domicilio. Y siempre con los mayores estándares de protección.
Como divorciarme
El proceso es muy facil y agil gracias a nuesta Zona CLientes, en la cual tendreis todos los datos, documentos, pagos y chat.
1. Rellena un sencillo formulario
En los enlaces a "Empezar mi nueva vida" encontraras un formulario para rellenar todos los datos
necesario.
Se realiza un primer pago del 50%
Posteriormente se te enviará por email los datos de
acceso a la zona Clientes
Te enviamos tu convenio regulador
En menos de 24 horas, te adjuntamos en la zona Clientes el documento y se te enviará un email
Nos lo devuelves firmado
Lo subes a la zona Clientes.
Presentamos demanda
A través del procurador
Ratificas el convenio
En el juzgado más cercano a tu domicilio
Te enviamos tu sentencia testimoniada
Despues de abonar desde la zona Clientes el 50% restante, se os enviará el documento a la zona Clientes.
¿Tienes dudas?
En esta zona podrás encontrar las principales preguntas que os podeis hacer.
Si no encontrais la respuesta a vuestras preguntas, no dudes en ponerte en contacto con nosotros a traves de los diferentes medios que disponemos.
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¿Es obligatorio acudir con abogado y procurador?
Sí. El artículo 750 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil exige que ambas partes estén representadas por procurador y asistidas por un letrado en ejercicio.
Ambas partes pueden actuar con el mismo abogado/a y procurador/a si se divorcian de mutuo acuerdo. -
¿Cuánto tarda el procedimiento?
Dependiendo del juzgado competente (según el domicilio familiar o el de cualquiera de los cónyuges, si se hace de mutuo acuerdo) la duración del procedimiento puede variar, pero rara vez se alarga durante más de tres meses.
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¿Puedo hacer un divorcio exprés con hijos?
Sí. Puede acudirse al procedimiento de mutuo acuerdo tanto si se tiene hijos como si no.
El único requisito es llevar más de tres meses casados o tener un hijo común. -
¿Puedo regular las medidas de hijos comunes no matrimoniales?
Sí. Puede acudirse al procedimiento de mutuo acuerdo para regular las relaciones paternofiliales de hijos no matrimoniales (nacidos de uniones de hecho inscritas o no) con plena eficacia jurídica.
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¿Puedo hacerlo si vivimos en ciudades diferentes?
Absolutamente sí. En caso de que alguno de los cónyuges no pueda acudir a firmar podrá hacerlo a través de nuestro/a procurador/a, enviándole un poder notarial que te ayudaremos a preparar.
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¿Qué incluye el
convenio regulador?
Conforme al artículo 90.1 del Código Civil, el convenio regulador deberá contener:
a) El cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de ésta y, en su caso, el régimen de comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos.
b) Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de aquéllos.
c) La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.
d) La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso.
e) La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.
f) La pensión compensatoria. -
¿Cómo se desarrolla el procedimiento?
1. Rellenas un sencillo formulario donde recabamos la información imprescindible para redactar un convenio regulador ajustado a tus necesidades y las de tus hijos. En ocasiones, de considerarlo necesario, podemos ponernos en contacto contigo para solicitar alguna aclaración o más información que consideremos imprescindible para preparar un buen convenio regulador.
2. Preparamos el convenio regulador y lo subimos a nuestra plataforma, desde donde podrás descargártelo, firmarlo y devolvérnoslo firmado.
3. Solicitamos al registro civil competente tu certificado de matrimonio y/o de nacimiento de tus hijos o, si lo prefieres (por ser mucho más rápido), nos lo subes a través de la plataforma para que podamos aportarlo al juzgado.
4. Preparamos una demanda y la enviamos al juzgado competente.
5. El juzgado nos requerirá para acudir una mañana a ratificar el convenio (firmar un acta en el juzgado manifestando estar de acuerdo con el mismo), acto al que os acompañará el/la procurador/a para informaros, orientaros y ayudaros durante todo el trámite. 6. Cuando haya hijos menores de edad, el informe se enviará a Fiscalía para que lo revise y, con el visto bueno, el/la juez/a dictará una sentencia aprobando el convenio.
7. Subimos la sentencia a la plataforma para que puedas descargarla con un código de verificación seguro del juzgado y solicitamos un testimonio para que puedas aportarlo a organismos públicos o privados.
8. Enviamos a tu domicilio el testimonio de la sentencia y la factura de nuestros honorarios. -
¿Hay que acudir
forzosamente al juzgado?
No. Puede obtenerse el divorcio notarialmente, siempre que no existan hijos comunes menores de edad y el procedimiento será igual de sencillo que en el juzgado.
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¿Qué tengo que
hacer?
Rellenar el formulario de forma veraz; facilitarnos los datos registrales o los certificados correspondientes; firmar el convenio regulador y acudir a la ratificación judicial o notarial del convenio regulador.
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¿Puedo liquidar mi
sociedad ganancial o de participación?
Sí. El divorcio es una de las causas de disolución de la sociedad ganancial o de participación y, si se tramita de mutuo acuerdo, puede regularse en el mismo convenio regulador.
Precios
Sin Hijos
145
Por Conyuge
Con Hijos
195€
Por Conyuge
¿Cómo se paga?
Abonarás el 50% de los honorarios cuando subamos a la plataforma el convenio regulador y el otro 50% cuando subamos la sentencia de divorcio con el código de verificación seguro.
¿Qué incluye el precio?
El precio comprende nuestros honorarios y los del procurador/a (impuestos incluidos), el acceso a
la plataforma mientras dure el procedimiento y el envío de la copia testimoniada de la
sentencia.
NO cobramos un extra por la liquidación de la sociedad ganancial o de participación.
¿Por qué es tan barato?
1. Porque no necesitamos un despacho físico.
2. Porque no intervenimos en procedimientos contenciosos ni dirigimos la negociación de ningún
convenio.
3. Porque pensamos en ti y en tus necesidades.
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